Tal día como hoy, 12 de agosto, pero de 1949, se aprobaron los Convenios de Ginebra, cuatro convenios internacionales ratificados hoy por casi todos los países del mundo (196), que regulan el derecho internacional humanitario cuyo propósito es proteger a las víctimas de los conflictos armados.
Los Convenios de Ginebra y sus Protocolos adicionales son tratados internacionales que contienen las principales normas destinadas a limitar la barbarie de la guerra. Protegen a las personas que no participan en las hostilidades (civiles, personal sanitario, miembros de organizaciones humanitarias) y a los que ya no pueden seguir participando en los combates (heridos, enfermos, náufragos y prisioneros de guerra), pasando de la categoría de combatientes a víctimas también del conflicto.
85 años antes de ese 12 de agosto de 1949, en 1864, también durante el mes de agosto concluía la conferencia diplomática celebrada en Ginebra (Suiza) impulsada por Henry Dunant, fundador de Cruz Roja, y convocada por Suiza, en la que 12 países firmaron un documento por el que se comprometían a amparar y proteger a los soldados heridos, así como a las personas y equipamiento dedicados a su cuidado en un conflicto bélico. Aquel primer tratado se conoce como el Primer Convenio de Ginebra –al que le siguieron un Segundo y Tercer Convenio en 1906 y 1929, respectivamente–. Ese Primer Convenio de 1864 abrió el camino a una obra normativa sin precedentes.
La llegada del siglo XX trajo consigo avances en numerosos campos, pero al tiempo que la sociedad evolucionaba, también lo hacían las guerras, que en la primera mitad del siglo pasado adquirieron carácter mundial. La II Guerra Mundial marca un antes y un después en un aspecto clave: se estima que en torno al 65% de las víctimas fueron población civil. Era urgente revisar los marcos de protección existentes durante los conflictos.

Los Cuatro Convenios de Ginebra
Antes de 1949 existían tres Convenios de Ginebra. Si bien los tres ofrecían una amplia cobertura de protección, lo hacían en exclusiva respecto a las víctimas militares, pues eran, hasta casi la primera mitad del siglo XX, las más frecuentes y numerosas en los conflictos armados.
En 1949, tras la Segunda Guerra Mundial y con el impulso fundamental del Comité Internacional de la Cruz Roja, se celebraron una serie de conferencias cuyo resultado fue la actualización de los tres primeros Convenios y la aprobación de un cuarto Convenio, específicamente destinado a proteger a las personas civiles en los conflictos armados. Se firmaron un 12 de agosto, hace hoy 77 años.
– El Primer Convenio de Ginebra: “para aliviar la suerte de los heridos y enfermos de las fuerzas armadas en campaña” fue la cuarta actualización del convenio original de 1864 y reemplazó al convenio de 1929 sobre el mismo tema.
– El Segundo Convenio de Ginebra: “para aliviar la suerte que corren los heridos, los enfermos y los náufragos de las fuerzas armadas en el mar” reemplazó al Convenio de La Haya (X) de 1907. Fue el primer Convenio de Ginebra sobre la protección de las víctimas de la guerra marítima e imitaba la estructura y las disposiciones del Primer Convenio de Ginebra.
– El Tercer Convenio de Ginebra: “relativo al tratamiento debido a los prisioneros de guerra”, reemplazó al Convenio de Ginebra de 1929 que trataba de los prisioneros de guerra.
– El Cuarto Convenio de Ginebra: “relativo a la protección de personas civiles en tiempo de guerra”, fue el primer Convenio de Ginebra que no se ocupaba de los combatientes, sino que tenía como objetivo fundamental la protección de las personas civiles.
Los cuatro Convenios han sido ratificados universalmente, es decir, por, prácticamente, todos los Estados que integran la Comunidad Internacional: 196.
Este nivel universal de ratificaciones los convierte en Derecho Consuetudinario, lo que significa que estas normas obligan con carácter universal, no sólo a los Estados, sino también a los grupos armados no estatales.
Los Convenios de Ginebra constituyen la base del derecho internacional humanitario (DIH), que protege a las personas que no participan o han dejado de participar en los enfrentamientos. El DIH también regula la conducción de los conflictos armados mediante la limitación de los métodos y medios de guerra a fin de conservar cierto grado de humanidad en los conflictos, salvar vidas y reducir el sufrimiento. De acuerdo con los Convenios de Ginebra –y el DIH en general–, los derechos de todas las personas afectadas por los conflictos armados deben ser protegidos y todas las personas, incluso los enemigos, deben ser consideradas en su dimensión de seres humanos.
Aunque, históricamente, existían normas respecto a cómo debían protegerse las personas afectadas durante los conflictos, los Convenios de Ginebra complementan y afianzan tradiciones jurídicas previas, convirtiéndose en un patrimonio común de la humanidad y una herramienta de primer orden para proteger, en tiempo de guerra, a las víctimas de los conflictos armados.









